A menuda se publica alguna normativa referente a los desfibriladores, no siendo una normativa exclusiva de ellos pero sí que en algún artículo afecte a algo relacionados con los DEA. Cordis Integralis os informa de cualquier decreto, orden, ley… que afecta a cualquier aspecto de los desfibriladores.
En este caso es un decreto de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Decreto 45/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
En su artículo 5, apartado 2.4 sobre Dirección General de Humanización, Prestaciones y Farmacia dice:
«Bajo la dirección del Titular de la Consejería y de acuerdo con las directrices emanadas del Gobierno, corresponden a la Dirección General de Humanización, Prestaciones y Farmacia las funciones comunes a las Direcciones Generales. Asimismo, le corresponden específicamente»:
En el apartado: «l) Tramitación y gestión del registro de personas acreditadas para el uso de desfibriladores externos, registro de entidades autorizadas y registro de empresas formadoras para el uso de desfibriladores externos.»